CASO 1
Federico es
aprendiz de un programa de formación de nivel técnico en el SENA en modalidad
virtual y a distancia. Hace cuatro meses inició su proceso de formación y su
instructor le ha solicitado que visite una empresa para observar el espacio donde
permanece la maquinaria y para que analice el mantenimiento que se le hace a la
misma.
Federico llega a la empresa a
efectuar la visita planeada, pero el jefe de mantenimiento le solicita que
presente el carné personal que lo acredita como aprendiz SENA.
Federico manifiesta que nunca ha
tenido carné y que en dos oportunidades se lo ha solicitado a la líder de
bienestar, ella le ha explicado que los
carnés son para los aprendices de la modalidad presencial.
De acuerdo con el Reglamento de
Aprendices en lo que respecta a los derechos, proporcione una respuesta
argumentada a los siguientes cuestionamientos
DESARROLLO CASO 1
¿Qué respuesta le daría usted a
Federico y en qué capítulo del reglamento se basaría?
Como primera medida es necesario
retomar lo que se considera en el reglamento del aprendiz Sena en el capítulo I
(PRINCIPIOS GENERALES) artículo 3, que se considera aprendiz Sena a toda
persona matriculada en los programas de formación profesional de la entidad en
cualquier tipo de formación titulada o complementaria, desde las diferentes
modalidades,virtual o combinada por consiguiente debe ser consciente y
vivenciar que derechos y deberes son correlativos e inseparables en su proceso
formativo. Posterior a esto podemos ver que en el capítulo II (DERECHOS DEL
APRENDIZ SENA) artículo 7 numeral 4 dice que se debe recibir en el momento de
la legalización de su matrícula, el carné que lo acredite como aprendiz del
Sena.
Por lo tanto mi respuesta a Federico estaría basada en la
anterior información haciéndole notar que él es aprendiz Sena así sea de
modalidad virtual y por consiguiente tiene derecho a recibir su carné.
En relación con la líder de
bienestar, ¿qué opina acerca de la respuesta que le dio la funcionaría al
aprendiz? ¿fue acertada o equivocada? ¿Expliqué por qué?
La líder de bienestar no fue
acertada al dar su respuesta al aprendiz, ella está equivocada al decir que los
carnés son para aprendices de modalidad presencial ya que como considerábamos
anteriormente toda persona matriculada en los programas de formación de la
entidad en cualquier tipo y cualquier modalidad , tiene los mismos derechos y
deberes, lo cual indica que Federico tiene derecho a recibir su carné desde el
mismo momento de la legalización de su matrícula.
CASO 2
Nicolás es un aprendiz del
programa de Tecnología en Multimedia, Desde el inicio de su formación hace tres
meses y medio, ha sido muy dedicado y cuidadoso en realizar las actividades formación
que le han planteado sus tutores en la
guías de aprendizaje. Nicolás desea recibir la retroalimentación
correspondiente de los trabajos presentados para conocer cómo le ha ido a lo
largo de su proceso.
Sin embargo, cuando le solicita a
su tutor dicha retroalimentación, este
le responde: “Usted debe saber cómo va, para eso hizo las actividades”. Nicolás
está muy preocupado porque teme encontrar algunas sorpresas, además su tutor le
ha comentado que solo estará en el SENA por dos meses más, porque debe irse
para otra región a encontrarse con su familia.
Nicolás decide de manera
respetuosa solicitar por escrito los
juicios de evaluación de sus evidencias y quiere hacerlo cumpliendo con la
normatividad del SENA.
DESARROLLO CASO 2
¿En qué capítulo, artículo e
ítems del reglamento de aprendices, se debe amparar Nicolás, para hacer dicha
solicitud de manera respetuosa y formal?
Nicolás debe ampararse en el Capítulo
II (DERECHOS DEL APRENDIZ SENA) Artículo 7 numeral 11 Ser evaluado objetiva e
íntegramente, con base en los criterios de evaluación y la ruta de aprendizaje,
y a conocer dentro de (8 días hábiles) siguientes, los resultados de las
evaluaciones, así como las diferentes novedades académicas cuando estas
ocurrieran, tales como amonestación, sanción, suspensión o cancelación del
registro de matrícula.
Por otra parte también Nicolás
podría ampararse en el Capítulo II (DERECHOS DEL APRENDIZ SENA) Artículo 7
numeral 8, Ser escuchado y atendido en sus peticiones respetuosas, por parte de
los directivos, instructores y personal administrativo ante las dificultades
que se pueden presentar en su proceso de formación.